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¿Qué es accidente in itinere?
Comenzamos con la definición de accidente in itinere que tomamos de la Wikipedia:
En seguridad y salud laboral y derecho laboral, se denomina accidente in itinere al accidente de tráfico ocurrido al trabajador durante el desplazamiento desde su domicilio hasta su lugar de trabajo, y viceversa.
Esta definición de accidente in itinere se encuentra en el artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social. El Estatuto de los Trabajadores no entra en este concepto.
Requisitos del accidente in itinere
La jurisprudencia ha desarrollado el concepto de accidente in itinere analizando muchos casos. Los requisitos para que un accidente sea in itinere son los siguientes:
- La finalidad principal del viaje será la obligatoriedad de acudir al trabajo.
- El medio de transporte elegido debe ser adecuado para la ruta que se va a seguir. Puede ser coche, moto, bicicleta o incluso patinete.
- El accidente se debe producir en el desplazamiento de ida o vuelta al trabajo en el camino habitual. No es accidente in itinere cuando se hayan hecho paradas de interés personal. De todos modos en este caso depende y tendría que ser la jurisprudencia quien decida si es accidente laboral o no.
- El domicilio al que acude el trabajador no tiene por qué ser siempre el familiar, puede ser también el lugar donde el trabajador pase los fines de semana.
Mostramos a continuación algunos ejemplos donde se ha pronunciado la jurisprudencia sobre el accidente in itinere:
- En 2015, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia declaró como accidente in itinere el sufrido por un trabajador mientras iba a comer a un restaurante en el descanso de su empleo a jornada partida.
- Tambien se considera accidente de trabajo el ocurrido cuando el trabajador va al reconocimiento medico de la empresa en horario laboral (TSJ de Madrid 2015).
- Accidente que se produce al salir el trabajador e ir a buscar a su hijo al colegio es in itinere según la sentencia. (TSJ Cataluña 2004).
Como ves hay mucha jurisprudencia en este tema.
Accidente in itinere en el caso de los funcionarios
Hoy por hoy resulta incompatible ser funcionario y tener un accidente in itinere. Esto lo encontramos en la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobada por Real Decreto 670/1987, de 30 de abril, que dice que para que un accidente se considere como tal tiene que haber ocurrido en el lugar y tiempo de trabajo. Cuidado con esto porque no significa que sea así para todos los funcionarios sino solo para los que pertenecen a las clases pasivas y estos son:
- El personal militar incluido la Guardia Civil.
- Los funcionarios civiles de carrera de la Administración del Estado, de la Administración de Justicia y de las Cortes Generales, así como de otros órganos constitucionales o estatales, siempre que su legislación reguladora lo prevea. El funcionario seguirá perteneciendo a la clase pasiva aunque sea transferido a una administración autonómica.
Esta norma mencionada no afecta a los funcionarios de administraciones locales o de las Comunidades Autónomas. A estos les corresponden las mismas normas sobre accidentes de trabajo y accidentes in itinere que a los trabajadores de las empresas.
El accidente in itinere en trabajadores autónomos
Como ya sabes, los autónomos no tienen los mismos derechos que los trabajadores por cuenta ajena. Por ello han reclamado en numerosas ocasiones y una de las reclamaciones más sonadas era el reconocimiento del accidente in itinere. Finalmente este derecho se reconoció a los autónomos el 26 de octubre de 2017 y ya pueden disfrutar de las mismas prestaciones que los trabajadores por cuenta ajena. La equiparación de los derechos entre autónomos y trabajadores por cuenta ajena en el accidente in itinere solo se hará cuando el accidente del autónomo sea durante el desplazamiento a su lugar de trabajo cuando este esté fuera de su casa. Los autónomos que tengan su domicilio fiscal en su residencia habitual no disfrutan de este derecho. Por ejemplo, si un autónomo que trabaja en su casa se desplaza para ir a ver a un cliente y en el camino sufre un accidente, este no será accidente in itinire.
Indemnización en el accidente in itinere
Cuando una persona sufre un accidente in itinere sufre al mismo tiempo un accidente de tráfico y un accidente laboral. Por ambas cosas corresponde indemnización y pueden ser compatibles. Como accidente de trabajo, tienen derecho a indemnización los trabajadores que viajen en transportes públicos, como acompañantes en vehículos privados o sean conductores de los mismos y a su vez no sean culpables del accidente. ¿Cuánto se cobra en un accidente in itinere? Como accidente de trabajo, sí puede haber derecho a indemnización por lesiones permanentes no invalidantes si el accidente deja secuelas. Si las secuelas tienen como consecuencia una incapacidad parcial para su profesión corresponde indemnización de 24 veces el salario del trabajador. Los trabajadores víctimas de accidente in itinere que haya traido consigo una incapacidad permanente total para su profesión según lo establecido en los diferentes convenios colectivos recibirán 30 euros por cada día que el trabajador se encuentre de baja. Se cuenta desde el día siguiente al accidente hasta el término de las lesiones. A estas cantidades diarias se les pueden sumar alguna de estas otras:
- 52 euros por día en caso de pérdida de calidad de vida moderada, esto es, falta de autonomía personal.
- 75 euros por día si la pérdida de calidad de vida es grave.
- 100 euros por día si la pérdida de calidad de vida es muy grave.
Ahora bien, ¿quién paga en caso de accidente in itinere? En los accidentes de tráfico in itinere es normalmente la mutua que cubre a la empresa quien realiza el diagnóstico y seguimiento de la recuperación. Como la mutua tiene que cargar con los gastos no le sale rentable tener trabajadores de baja, por lo que les suelen dar de alta antes de lo que corresponde. Entonces el trabajador tiene que volver a su puesto cuando todavía tiene molestias. No obstante el tratamiento sanitario de los accidentes in itinere no tiene que ser siempre llevado por la mutua, puede ser por la sanidad pública (seguridad social) o privada.
¿Has sufrido algún accidente in itinere?
Los accidentes in itinere son relativamente frecuentes y muchos de ellos son de tráfico. Por ello te conviene estar informado sobre qué hay que hacer en estos casos porque en muchas ocasiones las mutuas tienden a dar el alta antes de lo esperado para ahorrar costos y resulta que tú no estas recuperado por completo. ¿Tienes experiencia con algún accidente in itinere? ¿Cómo fue tu recuperación? Te esperamos en el área de comentarios, seguro que tus vivencias ayudan a muchas personas.