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Acerca de contratar becarios en España

contratar becarios
Hace unos meses, la OIT ha denunciado el riesgo de abuso laboral al que se encuentran expuestos los becarios, y todavía más en el momento en que para acceder a un buen trabajo hay que tener casi seguro prácticas, porque todas las empresas piden algo de experiencia (o al menos la gran mayoría). OIT había llevado a cabo un estudio a nivel europeo sobre las prácticas formativas, lamentando que España no haya enviado ese informe nacional, lo que hace que se desconozca la situación del país en este aspecto. El problema además es que muchos jóvenes pasan de una práctica a otra, en lugar de hacer prácticas y después buscar empleo, y es que la situación es complicada para encontrar un empleo remunerado encontrándose en un círculo vicioso difícil de salir en el que la única salida es aceptar ofertas formativas una tras otra hasta quizá un día encontrar una oferta remunerada. Qué son las prácticas y cómo contratar a un becario Los contratos de becarios son un convenio de colaboración entre la empresa, el centro y el estudiante fuera de la regulación laboral oficial que existe, ya que se encuentra fuera del pago a la Seguridad Social, aunque eso habría que matizarlo, exento de toda cotización y de pago hacia los becarios a cambio de ofrecerles experiencia, práctica y formación en el puesto. Los becarios son mano de obra que interesa a muchas empresas, ya que realizan las labores de un puesto de trabajo sin cobrar, o cobrando muy poco, pero también son personas a las que hay que dedicar a formar, y quién sabe si de ellos se puede encontrar un buen trabajador que forme parte de la plantilla. Aunque en realidad la figura del becario ha degenerado hacia “mano de obra barata hasta que pase el tiempo de prácticas y haya que coger a otro”. Para contratar a un becario, hay que acogerse a un convenio de colaboración que suele ser un documento redactado por el centro de estudios, no sin antes identificar el tipo de colaborador que necesitan para la empresa y tareas que desarrollará. Se ha de contactar con los centros buscando aquello que necesitan y aceptar el convenio de colaboración. Finalizado el convenio, se puede contactar con un nuevo estudiante, intentar prorrogarlo o contratar laboralmente al becario. Las vías por las que se puede llegar a la empresa en modo becario son:

  • Becas de colaboración universitarias
  • Becas curriculares
  • Módulos de formación
  • Programas de prácticas en empresas
  • Becas ofertadas por empresas y administraciones

Las prácticas también se pueden diferenciar entre prácticas a estudiantes, a recién licenciados o contratos de formación a resto de personas. Datos acerca de las prácticas  La duración de las prácticas ha de ir de las 300 a las 500 horas de prestación de servicios, con un horario compatible con el escolar y un libro de certificado de prácticas (a estudiantes). Muchas empresas motivan la realización de prácticas con una paga, aunque sea pequeña, aunque el resto no paga nada a sus becarios ya que no es obligatorio. Los becarios se introducen en la empresa con muchas bases teóricas, con muchas cosas aprendidas, pero les queda mucho por aprender a nivel práctico. Una persona de la empresa debe estar asignada para formar al becario, para enseñarle, lo que hace que este tipo de contratos sea favorecedor para ambas partes (y también poco favorecedor), ya que la empresa encuentra alguien que trabaje y el trabajador encuentra alguien que le enseñe cómo desarrollarse realmente en el puesto. Legislación sobre las prácticas en España Un Real Decreto aprobado el 21 de Octubre del 2011 en Consejo de Ministros permite a los becarios cotizar a la Seguridad Social un máximo de dos años en sus períodos de prácticas, aunque sin derecho a paro. Hasta el 31 de Diciembre de este año se puede solicitar un convenio especial con la seguridad social para reconocer esos años de formación presentando los documentos necesarios y pagando el período a convalidar. Pero hay que tener en cuenta, según la Disposición adicional primera del Real Decreto 1707/2011 de 18 de noviembre, que los estudiantes universitarios realizando prácticas académicas externas quedan excluidos en el ámbito de aplicación de la Seguridad Social que se contempla en el Real Decreto 1493/2011 de 24 de Octubre. Consejos para no “explotar” a un becario:

  • El becario está en la empresa para aprender y para adquirir experiencia laboral, hay que elegir a una persona de la empresa que le forme en las actividades a realizar, y por supuesto el becario debe hacer las funciones para las que se le ha llamado, no se debe coger a un becario para hacer fotocopias o llevar los cafés, valga el tópico como ejemplo extremo
  • Los becarios deben aprender lo suficiente como para incorporarse en otra empresa con los conocimientos necesarios para desempeñar en el puesto, o mucho mejor, se ha de formar al trabajador para que finalizado su período de prácticas esté tan preparado que podría incorporarse en ese puesto en la empresa
  • Los becarios no deben hacer las funciones de los trabajadores regulares, sino que deben trabajar bajo su supervisión y hacer las tareas encomendadas, tampoco deben ser explotados por estos últimos para hacer las tareas que no le gustan
  • Dentro de sus funciones, los becarios deben aprender a hacer todo, combinar funciones, no realizar lo que menos gusta a los empleados habituales
  • Hay que motivar a los becarios para que no sólo aprendan sino que también ofrezcan provecho para la empresa, ya que ésta también ha de ganar algo a cambio
  • Pagar puede ser una consideración motivadora para el becario, aunque no es obligatorio
¿Se debe pagar a un becario? La decisión entre pagar o no pagar a un becario depende de la propia empresa. Hay empresas que no lo hacen ya que no es obligatorio y consideran suficiente la experiencia y/0 formación que le van a ofrecer; hay otras que prefieren dar una pequeña gratificación; y otras prefieren pagar una cantidad mayor. Sea cual sea la decisión de la empresa, es importante poder meditarla. Pagar a un becario puede ser motivador, lo que incidirá en una mayor productividad de esa persona, e incluso podría llegar a ser suficiente como para encontrar algún «talento» entre los becarios, una persona que podría quedarse en la empresa, cuando de otra forma se habría ido a otra que le hubiera «descubierto todo su potencial».
Hay quien piensa que los becarios no deben cobrar, hay quien piensa que no hacerlo es explotación. Son pensamientos muy personales y en eso sí que «no me meto», aunque tenga mis opiniones.

Ver: http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/27/pdfs/BOE-A-2011-16819.pdf