
En el año 2012 se han aprobado unas medidas que afectan al 2013, algunas de las cuales están directamente relacionadas con el iva y el irpf. Se han producido una importante cantidad de cambios que es necesario conocer. El 1 de enero ha finalizado el período transitorio para cumplir con la Ley de Morosidad, por lo que las empresas deben pagar en un máximo de 60 días desde la prestación de servicio o entrega de mercancía; mientras que las que comercialicen con productos frescos y perecederos, y las Administraciones Públicas, deben pagar en 30 días. Una de las principales novedades es el gravamen especial para premios de loterías del estado, Cruz Roja, Comunidades Autónomas, ONCE y entidades análogas, hasta ahora exentas, por lo que los ganadores en el momento de cobrar el premio deben someterse a un gravamen (20%). Las indemnizaciones por finalización de relación laboral o mercantil de cuantía muy elevada no se pueden beneficiar de la reducción de 40% a rentas generadas en un período superior a 2 años. Se suprime la compensación fiscal de la Declaración de la Renta a los que hayan adquirido vivienda antes del 20 de enero de 2006, esto es del año pasado. Se excluyen de la base imponible de ahorro las pérdidas y ganancias patrimoniales por la transmisión de elementos en posesión del contribuyente menos de un año. Se imputan en la base liquidable general en que se descubran ganancias patrimoniales no justificadas, desde el año pasado. El porcentaje de retención e ingreso por actividades profesionales pasa a ser del 19%, aunque hasta el 31 de diciembre del 2013 es del 21%. Los que se acojan al 7% de los 3 primeros ejercicios fiscales pasan a aplicar el 9%. Hay una limitación de pagos en efectivo superiores a 2500 euros en que alguna de las partes sea profesional o empresario. Se excluye a módulos los empresarios que facturen al menos el 50% de operaciones a particulares, siempre que su rendimiento íntegro sea superior a 50000 euros al año y estén en alta de las actividades que obligan retención del 1%. El iva pasa a ser un 21% en tipo general y un 10% en tipo reducido. Algunas actividades y bienes han pasado del tipo reducido al tipo general, pasando de pagar un 8% a un 21%. Las entregas de viviendas pasaron de un 4% a un 10%. Se modifican los módulos de régimen simplificado de iva. Se producen varios cambios en la facturación y rectificación de facturas. La actualización de los balances de empresas se grava con un 5%. Hacienda limita la deducibilidad fiscal en amortizaciones de inmovilizado material de grandes empresas: un 70% del máximo previsto en tablas. Tiene efecto por medio de los pagos fraccionados. Como podemos ver se han producido importantes novedades fiscales, de iva e irpf, de facturación y otros aspectos que afectan a lo largo de todo el 2013. Se esperan también varios cambios de cara al año que viene.