
- Base mínima: 858,60 euros al mes
- Base máxima: 3425 euros al mes
Con respecto a la edad, hay que tener en cuenta que los menores de 47 años pueden elegir cualquier base de cotización dentro de los valores máximos y mínimos, también los que tengan entre 48 y 49 años con una base igual o mayor a 1682,70 euros al mes. Los que superen los 47 años no pueden elegir una base de cotización mayor a 1888,80 euros al mes. Además, hay que tener en cuenta que a lo largo del año que enfrenta los autónomos no tienen la obligación de cotizar por contingencias profesionales y cese de actividad por lo menos durante un año más, aunque se valorará la obligación o no en próximos años. De esta manera, los autónomos pueden decidir si cotizan por ello, y tienen derecho a disfrutarlo, o por el contrario prefieren ahorrar unos euros al mes durante al menos un año más. Cuota a pagar los trabajadores autónomos en el 2013 La cantidad a pagar con respecto a las bases mínima o máxima de cotización, o en función de lo que se quiera pagar, son de un 26,5% si no tiene contingencias profesionales, un 29,80% si se incluyen las contingencias profesionales o un 29,30% con cese de actividad. La cotización por incapacidad temporal por enfermedad común es del 3,30%, por accidentes será un porcentaje proporcional a mayores en función de la actividad como autónomo. En la primera alta que se realice en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, los hombres de menos de 30 años y las mujeres menores de 35 años pueden disfrutar de una bonificación del 30% sobre la cantidad a pagar, lo que se debe calcular en base a los cálculos anteriores y no en la base mínima o máxima de cotización. La duración total del incentivo es de 30 meses, primero 15 meses y una bonificación posterior 15 meses más. Lógicamente, estos son los aspectos básicos sobre las bases mínimas y máximas de cotización y la cuota que deben pagar los autónomos por norma general, aunque existen muchos otros aspectos que se podrían tener en cuenta.