
¿Qué Necesitas?
¿Qué es el concurso de acreedores en una empresa?
Empezamos nuestra exposición con una definición de la Wikipedia:
Un concurso de acreedores es un procedimiento legal que se origina cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de insolvencia en la que no puede hacer frente a la totalidad de los pagos que adeuda. El concurso de acreedores abarca las situaciones de quiebra y las de suspensión de pagos.
La quiebra es la situación en la que se encuentra una persona física o jurídica al no poder afrontar sus deudas debido a que el valor de estas es mayor al del activo que atesora. En la suspensión de pagos, la persona física o jurídica no puede pagar sus deudas por falta de liquidez o dinero en efectivo. La ley que regula el concurso de acreedores en España es la ley concursal, ley 22/2003, de 9 de julio. Salió publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 10 de julio de 2003 y entró en vigor el 1 de septiembre de 2004. Antes de la puesta en marcha de la ley anterior, cuando una empresa no podía pagar sus deudas se declaraba en quiebra o en suspensión de pagos. El concursos de acreedores viene a sustituir las situaciones de suspensión de pagos y quiebra.
Tipos de concurso de acreedores
Una vez que la ley concursal entró en vigor, las empresas tienen que recurir al procedimiento de concurso de acreedores cuando tengan la certeza o prevean que van a tener problemas para abonar sus deudas. Hay dos tipos de concurso de acreedores: voluntario y necesario.
1. Concurso de acreedores voluntario
El significado un concurso de acreedores voluntario trata de que es la propia empresa quien lo solicita cuando se ve insolvente o a punto de llegar a esa situación. Una vez que se ha solicitado el concurso, el pago de las deudas queda congelado. Este tipo de concurso de acreedores es poco conocido pero presenta ventajas para la empresa que lo solicita, más todavía cuando no ha llegado al impago de los acreedores. De esta forma la compañía puede satisfacer a las empresas acreedoras, evitar que sus socios puedan incurrir en una responsabilidad que puede involucrar su propio patrimonio o incluso se les pueda acusar de delito de insolvencia punible.
2. Concurso de acreedores necesario
Este concurso es el que solicita uno de los acreedores de la empresa. Para que un acreedor pueda instar el concurso tiene que hacer más de 6 meses que no ha obtenido el dinero que se le debe. El concurso de acreedores necesario también puede ser promovido por los socios o miembros de una persona jurídica que sean personalmente responsables de las deudas de aquella. Para poder promover un concurso necesario, el acreedor tiene que poder probar que existe una deuda que no se le ha abonado. También se puede solicitar este concurso cuando se dan estos supuestos de impago:
- Sueldos, indemnizaciones y otras retribuciones derivadas de las relaciones de trabajo de las últimas 3 mensualidades.
- Cuota de la seguridad social y otros conjuntos de recaudación conjunta durante las últimas 3 mensualidades.
- Obligaciones tributarias exigibles durante los 3 meses anteriores a solicitar el concurso.
Veremos a continuación lo más interesante para comprender cómo funciona un concurso de acreedores, que son sus 4 fases.
Fase de solicitud del concurso
Como acabamos de explicar, el concurso puede ser solicitado por la propia empresa que atesora deudas o por alguno de sus acreedores. En el primer caso el concurso de acreedores será voluntario y el segundo se denominará necesario. La solicitud de la declaración de concurso debe presentarse en el juzgado de lo mercantil correspondiente al domicilio social de la sociedad afectada. Según cómo se inicie el concurso, el administrador de la sociedad tendrá unas funciones u otras. Si el consurso es voluntario, podrá permanecer en la sociedad. Para concursos necesarios, ya no podrá ser así porque entra en juego la administración concursal.
1. Registro del concurso de acreedores
Una vez que la solicitud está registrada quizá se notifique al emisor para realizar alguna subsanación. Después de subsanar lo necesario, el juez dictará auto declarando el concurso. El auto del juez informará de lo siguiente:
- Si el concurso es voluntario o necesario.
- Facultades de la administración de la empresa en caso de concurso voluntario o nombramiento y funciones de la administración concursal si el concurso es necesario.
- Llamamiento a acreedores y medidas para conservar el patrimonio.
Posterior al auto es cuando se formará la administración concursal.
2. Nombramiento de la administración concursal
Se nombrará a los administradores concursales, que tendrán un estatuto donde se explique la determinación, el ejercicio de sus facultades, rendición de cuentas y responsabilidad. ¿Quiénes pueden formar parte de la administración concursal?
- Un acreedor ordinario o priviegiado no garantizado que nombre a un profesional.
- Un abogado con al menos 5 años de experiencia.
- Un auditor, economista o titulado mercantil colegiados con experiencia profesional mínima de 5 años.
Las funciones de los administradores (tanto los propios de la empresa como concursales) se basan en tratar de mantener la empresa y tomar decisiones en relación a los contratos de trabajo.
3. Informes de la administración concursal
Una vez que se ha nombrado al administrador concursal se le dejará realizar sus funciones durante un plazo de dos meses que podrá prorrogar el juez. Cuando termine tendrá que emitir un informe con el siguiente contenido:
- Datos de la empresa deudora.
- Circunstancias de la empresa deudora.
- Estado de la contabilidad de la compañía.
- Si es relevante, juicio sobre cuentas, estados financieros, informes y menoria.
- Exposición de las decisiones de la administración concursal.
Este será el contenido del informe al que habrá que añadir varios anexos:
- Lista de acreedores.
- Inventario de la masa activa.
- Evaluación de las propuestas de convenio o plan de liquidación.
- Valoración de la empresa en su conjunto suponiendo continuidad de las operaciones y liquidación.
Las partes implicadas tienen derecho a impugnar el inventario de la masa activa. También se determinará la masa pasiva reconociendo y clasificando las deudas. Cuando ya se hayan calculado la masa activa, la pasiva y clasificado las deudas finalizará la primera fase del concurso.
Fase de convenio
La finalidad del concurso de acreedores es que el establecimiento de una hoja de ruta de tal forma que la empresa afectada pueda asumir sus deudas y continuar su actividad. Por eso la fase de convenio tiene lugar siempre y cuando la empresa no haya solicitado directamente la liquidación. La empresa puede presentar una propuesta de convenio, donde se incluyan quitas y esperas de la deuda. La quita no puede ser mayor que el 50% de la deuda inicial y la espera nunca más larga de 5 años desde la declaración del concurso. Si el convenio que muestra la empresa comple estas condiciones, entonces los acreedores deben respetar su propuesta. Si no hay propuesta anticipada por parte de la empresa, los acreedores que representen más del 20% del total de las deudas pueden presentar su propuesta de convenio. Esta tendrá que ser aceptada por el resto de los acreedores y también por el juez que lleva el caso. En general, se necesita al menos una mayoría del 50% del pasivo ordinario para aprobar el convenio presentado.
Fase de Liquidación en el concurso de acreedores
Si se aprueba un convenio pero no se cumple, o bien cuando los deudores lo soliciten, entonces la empresa entrará en fase de liquidación. Esta fase consiste en la venta de los activos de la compañía afectada para así poder pagar a los acreedores. Es la administración concursal quien presentará el plan de liquidación.
1. Apertura de la fase de liquidación
La fase de liquidación comienza con una apertura. La realiza el acreedor si lo considera conveniente, pero de oficio lo hará el trubunal cuando aparezcan determinadas circunstancias. La liquidación siempre trae a las empresas afectadas las siguientes consecuencias:
- Suspensión de las facultades de administración y disposición del patrimonio de la compañía, tanto para administradores como para socios.
- Cese de los administradores ordinarios, pasando a ocupar su lugar la administración concursal.
- Disolución de la sociedad, ya que después de la liquidación deja de tener personalidad jurídica.
En esta fase, la administración concursal trata de liquidar los bienes de la mejor forma posible y para ello trazará un plan de liquidación. Este plan no es más que la presentación de las características de los bienes y la forma en la que estima que deben venderse. Se presentará al juez encargado para su aprobación.
2. Venta de los activos
La forma de venta de los bienes de la organización que se quiere liquidar será mediante subastas, en la que tanto acreedores como terceros pueden participar. También se propondrá la venta directa para posibles interesados en los bienes de la empresa. Sobre todo se intentará la venta total de la empresa a posibles interesados. Pero no todo el mundo puede adquirir la empresa o sus bienes. Por ejemplo, los administradores concursales no pueden adquirir las empresas ni los bienes, ni tampoco terceras personas interpuestas por ellos. La administración concursal tiene que presentar un informe al juez cada 3 meses. En él se detallarán el estado de la liquidación de los activos, los procesos de compraventa y subasta. Una vez que todos los bienes, o la mayoría, están liquidados, llega el pago a los acreedores.
3. Pago a los acreedores
¿Quién cobra primero en un concurso de acreedores? El pago se hará según el orden estricto de clasificación de de los diversos créditos. Los primeros son los créditos contra la masa, después los créditos privilegiados, después los ordinarios y, por último, los subordinados. Los créditos contra la masa son los gastos que aparecen tras el auto de declaración del consurso de acreedores, con algunas salvedades. Los créditos privilegiados son lo que se clasifican de esta manera por razones de interés general, social, o motivos jurídico-económicos. Crédito subordinado es aquel que se liquida por detrás de los de la masa, privilegiados y ordinarios. Por último, los créditos ordinarios son los que, por su naturaleza, no entran en ninguno de los otros tres grupos. Para más información de los tipos de créditos te recomendamos leer la ley concursal. En la mayoría de los concursos que llegan a liquidación acaban quedando acreedores sin cobrar. En ese caso los créditos desaparecen junto a la empresa como tal. Si el concurso ha sido declarado de mala fe, entonces los administradores están obligados a hacerse cargo de ellos, pero no ocurre con frecuencia.
Fase de calificación
En esta fase se determina la responsabilidad de los administradores de hecho o derecho de la sociedad antes de declararse el concurso de acreedores. No solo se determina la responsabilidad, sino también los límites de esta. Cuando existe liquidación existirá calificación del concurso. Si no hay liquidación habrá calificación si la quita es inferior a un tercio o la espera es menor de 3 años. El sentido que tiene esta fase viene porque un administrador está obligado a solicitar concurso de acreedores cuando de alguna manera ve que no va a poder hacer frente a las deudas de la sociedad. En la fase de calificación se determina la culpabilidad de los administradores. Esto tendrá las siguientes consecuencias:
- Inhabilitación para administrar bienes ajenos durante un periodo de 2 a 15 años.
- Inhabilitación de representar a cualquier persona durante un periodo de 2 a 15 años.
- Pérdida de derechos que tuvieran como acreedores concursales o de la masa.
- Condena a devolver bienes o derechos obtenidos de manera indebida del patrimonio de la empresa afectada.
- Condena a los administradores actuales y a los que lo fueron en los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso a responder solidariamente frente a acreedores concursales por la deuda que no perciban en la liquidación de la masa activa. Esta respuesta puede ser total o parcial.
En toda esta exposición hemos tenido en cuenta lo que sucede con el patrimonio de las sociedades afectadas por los concursos de acreedores y con los propios acreedores. Pero, ¿qué ocurre con los trabajadores de la empresa? Te lo explicamos a continuación.
Derechos de los trabajadores en un concurso de acreedores
Una empresa no se para porque haya concurso de acreedores. Los trabajadores tienen que seguir acudiendo a su puesto de trabajo, a no ser que les autorice el administrador concursal dándoles permisos retribuidos. Vamos a ver las distintas posibilidades de los trabajadores ante esta situación.
1. Expediente de regulación de empleo
En vista de la situación económica de la empresa, los representantes de los trabajadores pueden solicitar un expediente de regulación de empleo (ERE). Los tipos de ERE que pueden pedirse son dos: ERE temporal de suspensión de contrato o ERE de extinción, lo cual significa lo mismo que un despido colectivo. Cuando se solicita un ERE de extinción, los trabajadores tienen derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Esto se podrá solicitar cuando el juez haya emitido el informe concursal. En el caso de que el informe del juez tarde mucho y quede comprometida la viabilidad de la empresa o perjudicados los trabajadores, se puede pedir la indemnización en cualquier momento desde la declaración del concurso.
2. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo o traslado colectivo
Un concurso de acreedores puede traer como consecuencia la modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Dicha modificación sustancial incluye cambios de turno, reducciones de salario o reducciones de jornadas. Si se toma una decisión de estas características, los trabajadores no tendrán derecho a extinguir su contrato. Otra opción que se puede dar es el traslado de los trabajadores a otro centro de trabajo. En este caso el trabajador puede solicitar la extinción de su contrato con derecho a indemnización, pero solo cuando la nueva ubicación se encuentre a más de 60 kilómetros de distancia y en distinta provincia. Si el nuevo centro está en la misma provincia y a menos de 60 kilómetros de distancia, entonces el trabajador no tiene derecho a extinguir su contrato con derecho a indemnización.
3. Abono de indemnizaciones y salarios
Después de abonar todas las deudas, es bastante posible que el trabajador no haya cobrado todo lo que le corresponde. En esta parte del concurso de acreedores es cuando entra el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial). Una vez que el administrador concursal emita el informe con los detalles de las cuantías que la empresa debe a cada trabajador, el FOGASA abonará parte de los salarios e indemnizaciones con ciertos límites. Si es necesario recurrir al FOGASA, la administración concursal tiene que emitir un certificado para cada trabajador en el que quede reflejada la cantidad que se le debe. Para esto no hace falta que el concurso haya finalizado. Si el certificado no se realiza, es el propio trabajador quien tiene que solicitarlo al juez. El FOGASA paga a los trabajadores con los siguientes límites:
- Cantidad máxima de salario a abonar: es la resultante de multiplicar el salario mínimo interprofesional diario (incluyendo pagas extra) por el número de días pendientes de pago con un máximo de 120 días.
- Indemnizaciones: se abonará una anualidad, cuya cantidad máxima será el doble del salario mínimo interprofesional.
Acudir al FOGASA no es obligatorio y solo se hará cuando la empresa no puede pagar al trabajador la cantidad que le corresponde. Cuando este organismo haya pagado, se personará en el concurso de acreedores subrogándose en la posición de los trabajadores para reclamar lo abonado con la misma cantidad que tenían.
Concurso de acreedores voluntario para personas físicas
Los concursos de acreedores para personas físicas están regulados por la misma ley concursal que mencionamos para las empresas. Se suele dar en caso de familias muy endeudadas que han perdido sus empleo y no puede hacer frente a sus pagos anteriores, o bien familias con empresas afectadas por concursos de acreedores. Una familia que solicite un concurso de acreedores puede hacer quitas de forma que sus deudas se queden en un 50% y puedan pagarlas en 5 años mediante acuerdo con sus acreedores haciendo esperas, esto con pagos únicos y anuales. Para que una familia pueda entrar en concurso de acreedores tiene que contar con deuda generada de prestamos personales, tarjetas de crédito e hipotecas. No es aconsejable cuando la deuda corresponda solo a hipotecas, pues en el concurso tienen carácter de crédito privilegiado y tendrán que seguir pagándolas mensualmente como hasta el momento. Cuando se entra en concurso, se paralizan los procedimientos de embargo, de reclamación de cantidad y los intereses de demora, que no siguen aumentando. Una vez la familia entre en concurso será supervisada por un administrador concursal que velará por su recuperación. La administración concursal otorgará una pensión alimenticia a la familia según sus ingresos para que cubran gastos básicos. Además tendrá la cuenta supervisada, intervenida y controlada. El resto de los ingresos de la familia serán para ahorro. Una vez que se aprueba el convenio con la junta de acreedores, el administrador concursal desaparece y deja de nuevo a la familia al frente de sus finanzas. Si no se llega a un acuerdo de convenio, llegamos a la liquidación de este concurso de acreedores voluntario. Entonces se intentará cubrir todo el pasivo posible con el patrimonio de la familia. En este caso se aplicarán los intereses correspondientes a la demora de todo el tiempo que duró el concurso. Si este procedimento no encaja, otras opciones para familiar con problemas pueden ser la paralización de la ejecución hipotecaria o la negociación y mediación bancaria.
¿Conocías la dinámica del concurso de acreedores?
Esperamos haberte ayudado a conocer mejor qué es un concurso de acreedores, aunque, a decir verdad, lo mejor es que no tengas que verte nunca en esta situación. ¿Has vivido algún concurso de acreedores? ¿Tienes experiencia siendo administrador concursal? Anímate a compartir con nosotros tus dudas y experiencia en los comentarios. Ya sabes que estamos para ayudarnos unos a otros.