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Expande tu negocio a nuevos mercados gracias al contrato de agencia, un desconocido que puede ser la solución que necesitas

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Hoy te hablamos de uno de esos conceptos laborables raros, que casi seguro nunca utilizarás pero que no está de más que conozcas. Hoy te contamos todo sobre el contrato de agencia. Qué es, un ejemplo, lo necesario para su formalización, las obligaciones que crea y muchos más aspectos relevantes sobre él que debes conocer. No en vano, puede que estés aquí porque busques información sobre él… Si es así, estás en el lugar indicado. 😉

Índice

¿Qué es el contrato de agencia?

Agárrate que vienen curvas y es que, a pesar de que se trata de un concepto sencillo, la definición que hace la ley sobre el contrato de agencia es bastante confusa:

Por el contrato de agencia una persona natural o jurídica, denominada agente, se obliga frente a otra de manera continuada o estable a cambio de una remuneración, a promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o a promoverlos y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo y ventura de tales operaciones.

¿Cómo te has quedado? Si lo has entendido a la primera tienes nuestra más sincera enhorabuena. 😉 Al final, una manera más sencilla de explicar este concepto sería así: el contrato de agencia consiste en que una persona o empresa, busca a alguien ajeno a ella para que haga de intermediario en operaciones económicas. Si no es la primera vez que visitas este blog, habrás caído en la cuenta en que es muy parecido al contrato mercantil.

Ejemplo de contrato de agencia

Como entendemos que se trata de un tipo de contrato algo complicado de entender, vamos a ver un ejemplo de un contrato de agencia. Imagina por un momento que tienes una empresa que se dedica a fabricar sillas para oficina. No es muy grande (solo operas en tu ciudad y alrededores) pero el negocio cada día va mejor y te planteas expandirlo a otros lugares. Pues bien, en vez de dedicar recursos y tiempo de tu empresa a buscar nuevos clientes en un mercado que no conoces, buscas a alguien que sí lo controle y se dedique a buscarte nuevos clientes y oportunidades de negocio. Pero esa persona (o empresa) no forma parte de tu plantilla, sino que es alguien externo que consigue dinero por introducir tu marca allá donde no está. Este último punto es muy importantes, porque es sencillo pensar que el agente (que es como se llama la parte externa a tu empresa) basa su sueldo en conseguir ventas. Es decir, si te pone en contacto con un posible cliente pero al final la operación no se lleva a cabo, eso afecta a su salario. Esto puede ser así, pero también puede no serlo. Como veremos más adelante, el tema de las remuneraciones al agente es algo que se pacta entre ambas partes.

Formalización del contrato

En este punto, la ley 12/1992 de 27 de mayo (que es la que regula el contrato de agencia) es bastante escasa y se limita a un solo artículo (el 22) en el que se especifica que en cualquier momento, una de las partes puede exigir que se formalice por escrito. Además, si esto ocurre, se deben hacer constar cualquier cambio que se hubiera producido. ¿Qué da a entender todo esto? Que siempre y cuando todas las partes estén a favor, no hay ningún problema en que el contrato se formalice de manera verbal. Así que aquí, la gestión documental no es tan necesaria.

Obligaciones de las partes

A diferencia del punto anterior, la ley que rige esta modalidad de relación laboral sí que especifica los deberes que ambas partes deben cumplir.

1. El empresario

La principal obligación es que debe actuar siempre de buena fe y de forma leal, además de:

  • Facilitar al agente cualquier documento o material (muestras, catálogos, tarifas, …) que sean necesarios para pueda realizar su labor.
  • Avisar con tiempo suficiente al agente si prevé que el volumen será menor al esperado.
  • Pagar lo que se había pactado.

Por último, tiene la obligación de avisar al agente en 15 días si la operación se lleva a cabo o por el contrario, ha sido rechazada. Además de que en el menor tiempo posible, debe comunicar la naturaleza de la operación (ejecución, ejecución parcial, o no ejecución).

2. El agente

Al igual que la otra parte, tiene el deber de actuar con lealtad y buena fe, además de cuidar los intereses del empresario. Aparte de eso debe:

  • Tratar de hacer lo antes posible cualquier orden u operación que la otra parte le mande.
  • Si es necesaria para hacer un buen trabajo, tiene la obligación de compartir con el empresario cualquier información que posea.
  • Tiene que seguir las instrucciones que le manden, siempre y cuando sean razonables y no afecten a su independencia.
  • Recibir cualquier reclamación que el empresario haga en nombre de un tercero.
  • Hacer su propia contabilidad y que sea independiente.

Esas son las obligaciones del agente.

Aspectos a tener en cuenta sobre el contrato de agencia

Además de todo lo que hemos contado hasta ahora, existen otros elementos importantes en el contrato de agencia.

1. La extinción

Al igual que en cualquier otro contrato, la finalización es algo que debes controlar porque tarde o temprano llegarás a ella por los siguientes motivos:

  • Tiene duración determinada y se ha alcanzado.
  • Es de duración indefinido pero una de las partes decide extinguirlo.

En el primer caso, lo único a tener en cuenta es que, si la relación continúa una vez sobrepasada la fecha de finalización, pasa a ser un contrato indefinido. Para el otro escenario, la ley obliga a la parte que quiere cesar la relación a avisar por escrito y con antelación a la otra parte. ¿Con cuánto tiempo se debe preavisar? Un mes por cada año de contrato hasta un máximo de 6 meses (aunque pueden pactar más tiempo, nunca menos).

2. La remuneración

Como te dijimos más arriba, el tema de los pagos al agente es algo que se debe pactar entre ambas partes, pudiendo elegir entre:

  • Fijo: gana la misma cantidad cada mes.
  • Comisión variable: el sueldo varía en función de las ventas.
  • Mixto: una mezcla de los 2 anteriores.

Además de eso, es importante que sepas si eres el empresario, hay situaciones en las que el agente tiene derecho al cobro aunque haya finalizado la relación. La primera de ellas, es que hayas conseguido una operación financiera gracias al trabajo que realizó mientras estaba en activo y la segunda, si el encargo se consiguió antes de la finalización pero se materializó después. En resumen, siempre y cuando el agente consiga un beneficio para el empresario, tiene derecho a cobrarlo aunque ya no existe relación laboral.

Esto es todo sobre el contrato de agencia, ¿tienes algo que decirnos?

A pesar de que el contrato de agencia es poco común, creemos que se trata de una alternativa con ventajas muy interesantes. ¿Qué opinas tú? Ahora que lo conoces, ¿lo barajas como posibilidad para hacer crecer tu negocio? ¿Lo aceptarías como trabajador? Cuéntanos tu opinión sobre él en los comentarios de más abajo. ¿Ya has trabajado con él? Entonces sería genial que nos contases tu experiencia. Nadie mejor que tú para contarnos sus ventajas, inconvenientes y experiencia con esta modalidad de contratación. ¡Te esperamos en ellos!