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El contrato de relevo, un desconocido que aporta grandes ventajas a todas las partes

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El tiempo pasa y, casi sin darte cuenta, de pronto parte de la plantilla de la empresa está próxima a la edad de jubilación… Incluso algunas personas se plantean jubilarse de forma parcial. Y esas horas que no trabajan, ¿cómo se cubren? La respuesta es con el contrato de relevo. ¿No sabes de qué hablamos? ¿Qué tipo de ventajas tiene este contrato? ¿Todo el mundo puede acogerse a él o hay que cumplir cierto requisitos? Si esas (u otras) preguntas rondan tu cabeza, te damos las respuestas en las próximas líneas. ¡Empezamos!

Índice

¿Qué Necesitas?

¿Qué es el contrato de relevo?

Se trata de un tipo de contrato que el gobierno ha puesto en marcha para ayudar a los trabajadores que se acogen a la jubilación parcial, a las empresas y a las personas que están en desempleo. ¿Cómo puede beneficiar a tanta gente a la vez? Pues porque consiste en una modalidad de contratación que un negocio puede utilizar para sustituir a un empleado que solicita la jubilación parcial. Esa es la definición de contrato de relevo. Veámoslo con un ejemplo para que se entienda mejor. Te presentamos a Miriam, que tiene una empresa que se dedica a la fabricación de muebles para oficina. Hace unos meses que Álex, uno de sus empleados más veteranos (y al que le quedan 2 años para jubilarse) pidió la jubilación parcial, lo que significa que reducirá su jornada laboral hasta que llegue su retiro. Como es una gran líder y conoce la importancia de gestionar el talento, decide hacer un contrato de relevo a David, el nuevo empleado de la fábrica, no solo para que haga las horas que Álex no está, sino para que aprenda de él y no perder ese conocimiento. ¿Se entiende mejor ahora en qué consiste? En resumen, se trata de un contrato muy parecido al de sustitución, con la diferencia de que el empleado sustituido no se reincorpora.

Los requisitos que exige el contrato de relevo y jubilación parcial

Como ves, es una modalidad de contrato muy interesante. ¿Quieres aplicarlo en tu negocio? Pues antes es importante que conozcas los requisitos que todas las partes deben cumplir.

1. Requisitos del trabajador relevado

Se conoce como trabajador relevado a aquel que reduce su jornada por jubilación parcial pero, ¿quién puede acceder a la jubilación parcial? Toda persona que haya cotizado al menos 33 años en la Seguridad Social (la cifra se reduce a 25 años en caso de discapacidad mayor del 33%). También es un requisito que el trabajo a realizar se considere de gran esfuerzo físico o mental. Ahora, para poder sustituir a ese empleado con el contrato de relevo, debe haber trabajado los últimos 6 años en la empresa (se incluye en este caso si trabajó en otra que pertenece al mismo grupo empresarial).

2. Requisitos del trabajador relevista

El trabajador relevista es aquel empleado que se «queda» con las horas que deja libre el relevado, y debe cumplir los siguientes puntos:

  • Estar desempleado o tener un contrato de duración determinada (como puede ser el de obra y servicio).
  • Su jornada laboral será, como mínimo, igual que la reducción del relevado.
  • Realizará las mismas funciones (o muy similares) que el trabajador en jubilación parcial.

Por supuesto, puedes tener un contrato a jornada completa, lo que es estupendo para que adquiera los conocimientos del trabajador jubilado.

Características del contrato de relevo por jubilación

A la hora de formalizar un contrato de relevo, se deben incluir los siguientes datos del trabajador relevado:

  • Nombre.
  • Edad.
  • Circunstancias referidas al trabajo.

Y además, hay qye especificar las funciones y características del puesto de trabajo que cubrirá el trabajador relevista. Todo ello por supuesto debe quedar por escrito, así que la gestión documental es vital.

Las preguntas que todo el mundo se hace sobre el contrato de relevo

Si ya de por sí el tema de los contratos generan muchas dudas tanto en los empresarios como en los trabajadores, ya puedes imaginarte cuántas crea esta modalidad, que es más reciente y por tanto, más desconocida. Y es justo por eso por lo que hemos juntado y contestado en un mismo lugar las preguntas más comunes sobre el contrato de relevo para que, en caso de que te topes con él, lo conozcas a la perfección y no te pille por sorpresa nada.

1. ¿Cuánto se cobra con un contrato de relevo?

Suena el teléfono y contestas. Es una persona que ha visto tu currículum y quiere hablar contigo para cubrir un puesto en su empresa. Al día siguiente llegas al lugar acordado a la hora indicada, empieza la entrevista con las preguntas típicas y tu interior no dejas de pensar «por favor, que no me pregunte cuánto quiero cobrar», porque sabes que es una de las cuestiones más complicadas de abordar (aunque no tendrás problema si visitas nuestro post sobre cómo superar con éxito una entrevista de trabajo). Pero claro, tampoco trabajas por amor al arte y está claro que el sueldo es una parte importante a la hora de aceptar o no un trabajo… ¿Existe alguna forma de saber cuánto ganarás al mes si te ofrecen un contrato de relevo por jubilación? De forma exacta es complicado, aunque siempre será conforme al convenio por el que se rija el puesto y, en ningún caso, inferior al 65% de las bases de cotización del empleado relevado. Remarcamos lo de bases de cotización, porque el relevista no cobrará trienios y otros «pluses» que tenga la persona jubilada de forma parcial.

2. ¿Puede un contrato de relevo convertirse en indefinido?

Puede parecer increíble para nuestros lectores con más edad, pero a las generaciones más jóvenes no les obsesiona tanto conseguir un trabajo con un contrato indefinido. Es más, en ocasiones hasta lo rechazan. Esto se debe a que su mentalidad es distinta a los demás, prefieren la movilidad laboral a la estabilidad y no les atrae la idea de un compromiso tan a largo plazo con su puesto de trabajo. Eso por no hablar de que hoy en día, un contrato indefinido tampoco te garantiza un puesto de trabajo como antes. Pero si para ti sí es importante conseguir uno, debes saber que no solo es que pueda convertirse en indefinido un contrato de relevo, es que si cubres una reducción de más de 75% de la jornada es obligatorio que así sea. O como poco, el tiempo que falte hasta que el relevado cumpla la edad de jubilación.

3. ¿Cuál es la duración máxima de un contrato de relevo?

Puede parecer que acabamos de contestar esta pregunta con la respuesta del punto anterior, y así es, pero solo en parte. Como hemos visto, si la reducción es superior al 75%, el contrato de relevo se considera indefinido o, como mínimo, hasta que se jubile el relevado pero, ¿qué ocurre si no se alcance ese porcentaje de la reducción? En ese caso, el contrato se prolonga hasta que el trabajador relevado alcance la edad de jubilación total. ¿Y si decide no jubilarse? Es un caso extraño pero si se da, puede prorrogarse siempre en periodos anuales.

4. Una vez que la persona relevada alcance la edad de jubilación total, ¿qué ocurre con el relevista?

Como ya hemos visto, cuando el relavado alcanza su edad de jubilación pueden ocurrir 2 situaciones:

  • Que decida permanecer en el puesto de trabajo.
  • Que opte por la jubilación total.

Y en caso de que elija la segunda opción, ¿a qué se enfrenta la persona que ha estado haciéndo el relevo? En esta situación se procede a la extinción del contrato de relevo y, si estaba contratado de forma indefinida, pasará a trabajar el 100% de la jornada laboral. Sin embargo, si su contrato era de forma temporal y la empresa decide no seguir contando con él, tiene derecho a una indemnización que varía en función del año en que se formalizó el contrato:

  • 2013: 10 días de sueldo por cada año trabajado.
  • 2014: 11 días de sueldo por cada año trabajado.
  • De 2015 en adelante: 12 días por cada año trabajado.

Aunque si trabajas bien, seguro que no tienes que preocuparte de esto. 😉

5. Vacaciones y contrato de relevo por jubilación, ¿cómo funcionan?

Por mucho que sea el empleo de tu vida y el trabajo te permita vivir de aquello que te apasiona, todos necesitamos de vez en cuando parar para recargar pilas, y mucho más si tu situación es justo la contraria y te enfrentas al síndrome de burnout. Por eso, otra pregunta clásica ante cualquier tipo de contrato es cuántos días de vacaciones te corresponden (y más en este que es un poco especial). Pues bien, al igual que en la mayoría de contratos, te corresponden 30 días naturales (o 22 hábiles) por cada año trabajado. Eso sí, ten en cuenta que el convenio laboral puede modificar esas número (aunque nunca reducirlos). Y la pregunta clásica que seguro te haces ahora es: «y si estoy contratado al 50% de la jornada, ¿me corresponde solo la mitad de esos días?» La respuesta es no. ¿Te sorprende? La explicación es que las vacaciones se cuentan por días trabajados, no por horas.

6. ¿Existe el derecho a indemnización en el contrato de relevo?

Como hemos visto en hace 2 preguntas, el trabajador relevista tiene derecho a ser indemnizado en función a la fecha de formalización del contrato. Aunque cuidado, porque esto no siempre cierto. ¿Cuándo te quedas sin indemnización? En principio, si te despiden y la empresa alega que se trata de un despido disciplinario. Por supuesto, si consideras que no tiene motivos o que son erróneos, puedes impugnarlo antes los tribunales y, si te dan la razón, cobrarás tu indemnización. Otro caso que exime al empresario de pagar indemnziación es en caso de no superar el periodo de prueba.

7. ¿Qué ocurre con el relevista si despiden al relevado?

Por muy rocambolesca que pueda parecer algo así, existe la posibilidad de que la empresa se vea obligada a prescindir de los servicios del trabajador relevado antes de que alcance su edad de jubilación. Y ante esa situación, ¿qué ocurre con el empleado relevista? Pues que la empresa tiene la obligación de ofrecerle una ampliación de su jornada laboral (aunque también puede optar por contratar a otra persona).

8. ¿Existe algún tipo de bonificación por optar por esta modalidad de contrato?

Si eres empresario y buscas la manera de ahorrar costes para mejorar tu margen de beneficio, seguro que sabes que una de las mejores formas es a través de los incentivos que tienen algunos contratos. El tema es que si nos ponemos muy detallistas, tenemos que decir que el contrato de relevo no tiene ningún tipo de bonificación. Es decir, no recibirás ninguna ayuda o descuento por contratar a alguien con esta modalidad. ¿Y si no nos ponemos tan puntillosos? Entonces podemos decir que sí, solo que la bonificación se consigue al trasformarlo en indefinido y consiste en la reducción en las cuotas de la Seguridad Social durante 3 años:

  • De 500 euros a los hombres.
  • De 700 euros a las mujeres.

Eso sí, para acceder a ellas el negocio debe tener menos de 50 empleados a la hora de formalizar la contratación (se cuentan autónomos, sociedades laborales y cooperativas).

9. ¿Cómo cotiza el trabajador relevado?

Hasta ahora hemos enfocado el post desde la vista del relevista o del empresario pero, ¿y si eres el relevado? Seguro que algo que te preocupa es el tema de las cotizaciones. Pues bien, has de saber que cotizas un tanto por ciento de tu base de cotización de la jornada completa, que varía en función al año. Así que si quieres saberlo con exactitud, lo mejor es que preguntes a profesionales de la materia.

¿Aceptarías un contrato de relevo?

¿Qué te parece el contrato de relevo? En caso de que te lo ofreciesen para un puesto de trabajo de trabajo, ¿lo querrías o no? Nos encantaría conocer tu opinión y para eso, tienes los comentarios un poco más abajo. Aunque quizás ya has vivido la experiencia de estar contratado con él… Si es así, sería increíble que nos contases cómo es, si crees que es algo bueno o malo, etc… En definitiva, queremos oírte a ti, así que antes de irte… ¡Comenta! 😉