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¿Qué dice la ley sobre el contrato de empleada del hogar? Las respuestas a las 7 preguntas que esta modalidad siempre plantea

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En los tiempos que corren, la falta de tiempo empieza a ser un problema gordo para muchas familias. De hecho, contar con alguien externo que ayude en las tareas del hogar es cada vez más común. Y ahí es donde entra el contrato de empleada del hogar, un tipo de relación laboral que protege tanto al empleado como al empleador. ¿Quieres conocer todos sus detalles? ¿Tienes dudas que quieres resolver? Entonces estás en el lugar perfecto, porque en este post te contamos todo lo que necesitas saber sobre él.

Índice

¿Qué Necesitas?

¿Qué es el contrato a empleada de hogar?

Lo primero de todo es dejar claro qué se considera empleada del hogar: toda persona que trabaja dentro de una casa y cuyas tareas están relacionadas con el cuidado de esta, como por ejemplo:

  • Cocinar.
  • Limpiar.
  • Planchar.
  • Cuidar de los niños.
  • Y otras tareas domésticas.

Una vez dejado aclarado eso, el contrato de empleada del hogar es el documento necesario para cumplir con las leyes que regulan esta actividad, en el que se recogen los datos imprescindibles. Puedes conseguir un modelo de contrato de empleada de hogar visitando la página oficial del SEPE.

Requisitos necesarios para formalizar un contrato de empleada del hogar

¿Te asusta todo el tema de papeleo y trámites legales? Pues no tienes de qué preocuparte, porque el Ministerio de Empleo ha ideado un sistema a través del cual redactar un contrato de empleada del hogar es muy sencillo. Pinchando en el enlace del punto anterior, accedes a una web oficial en la que solo tienes que rellenar huecos con la información que te pide y al terminar, de forma automática, te genera un contrato listo para presentar a las autoridades. Y si quieres asegurarte de que todo está correcto, estos son los datos que deben figurar en él:

  • Datos personales del empleado.
  • Datos personales del empleador.
  • Tipo de contrato.
  • Duración.
  • Domicilio del hogar.
  • Horario.
  • Salario.
  • Vacaciones.
  • Si la trabajadora es interna.
  • Indemnización.
  • Cláusulas específicas.
  • Firma de ambas partes.
  • Fecha de celebración.

Dicho todo esto, la obligación de dejar el contrato por escrito solo existe si la duración de este es de más de 4 semanas (y recuerda que para mantener el orden de todos tus papeles, la gestión documental es imprescindible).

Preguntas frecuente sobre el contrato de empleada de hogar

Esto es todo lo que teníamos que contarte sobre el contrato de empleada del hogar en lo referente a su teoría. Ahora, como seguro que varias preguntan rondan tu cabeza, pasamos a contestar las dudas que todo el mundo tiene sobre este tipo de contrato.

1. ¿Quién se encarga de todo el papeleo?

La norma dice que siempre es el empleador la parte que debe encargarse de todo los trámites legales. Es lo mismo que ocurre en las empresas, donde el empleado lo único que tiene que hacer es firmar el contrato y empezar a trabajar. Dicho esto, en el año 2013 se modificó la ley y si la duración de la jornada laboral del empleado del hogar es menor de 60 horas mensuales, existe la posibilidad de que este se encargue de esa tarea siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo en hacerlo así. Pero hay algo importante que debes conocer si eres el empleador, y es que esta modificación no elimina tus responsabilidades legales. Es decir, que si el empleado no realiza los trámites de forma correcta, tú sigues siendo el responsable frente a las autoridades. Así que si optas por este camino, asegúrate de que todo está en orden.

2. ¿El contrato de empleada del hogar por horas es legal?

¡Y tanto! No existe ninguna ley que impida que este sea un contrato por horas. De hecho, tal y como hemos visto en el apartado anterior, dependiendo del número de horas que trabaje puede hasta encargarse del papeleo. Eso sí, si optas por este tipo de contrato, es importante recordarte sus requisitos:

  • Los contratos por horas siempre quedarán por escrito.
  • Hay que indicar el número de horas de la jornada laboral (ya sea al día, semana, mes o año).
  • Tienes 10 días para presentarlo en una oficina del SEPE.

Y por último, no olvides que no cumplir estos requisitos convierte el contrato en uno de jornada completa de cara a las autoridades.

3. ¿El contrato de empleada del hogar puede ser indefinido?

Por supuesto que sí. Es más, es nuestra recomendación si encuentras a un trabajador que te transmita confianza, ya que le abres las puertas de tu hogar, dejas a tus hijos a su cuidado y demás aspectos importantes. Así que si encuentras alguien así, lo mejor que puedes hacer es «atarlo» con un contrato indefinido (porque incluso en este tema, existe la gestión del talento).

4. Finalización del contrato de empleada del hogar

A la hora de dar por terminada la relación laboral con un empleado del hogar, hay que tener en cuenta que existen 3 casos por los que nunca podrán ser despedidos:

  • ERE.
  • Despido objetivo.
  • Causas de fuerza mayor.

Quitando eso 3 supuestos, las razones pueden ser las misma que las de un trabajador «normal». Aunque desde luego hay 2 casos que destacan frente al resto.

A. Desistimiento del empleador

Este supuesto suele darse por 3 razones principales:

  • Los servicios del empleado ya no son necesarios.
  • No se puede seguir pagando.
  • La confianza con el empleado se ha roto.

Sea por el motivo que sea, esto no deja a la empleada del hogar sin derecho a indemnización y siguen siendo necesarios acatar los requisitos legales de un despido, como avisar con 20 días de antelación si el contrato se firmo hace más de un año (que bajan a 7 si no es así).

B. Despido disciplinario

Se puede optar por este camino cuando el empleador considera que el empleado ha actuado de alguna de las siguientes maneras:

  • Acoso.
  • Falta de asistencia injustificadas y repetidas.
  • Su rendimiento laboral desciende de forma voluntaria.
  • Falta de disciplina.
  • Abuso de confianza.
  • Ofensas (tanto físicas como verbales).

Todo esto debe quedar reflejado por escrito en la carta de despido, y si el empleado considera que los hechos son mentira, tiene derecho a impugnar el despido en los 20 días hábiles siguientes frente a un juez. Si el juez decide que el despido ha sido improcedente, tendrás la obligación de pagar 20 días de salario por cada año trabajado un máximo de 12 veces.

5. Los tipos de contrato que existen para las empleadas del hogar

A la hora de elegir el tipo de contrato para tu empleada del hogar, de forma básica puedes elegir entre 2 modalidades: indefinido o de duración determinada. Eso sí, si optas por la segunda opción, el camino se vuelve a dividir en 2 alternativas más: un contrato por obra y servicio o un contrato por interinidad. Si eliges la primera opción, es importante que sepas que:

  • Se debe indicar la fecha de finalización de la relación laboral si se sabe.
  • También puedes optar como fecha de finalización por el «hasta fin de obra».
  • El tiempo máximo que una persona puede estar contratado así son 3 años.

La otra alternativa solo debes usarla si necesitas sustituir a un empleado de forma temporal (y reservando su puesto de trabajo). Y recuerda que, como hemos visto más arriba, también pueden ser a jornada completa o parcial. No olvides que el máximo que permite el Estatuto de los trabajadores de jornada a la semana son 40 horas (pero que puede ser menor y seguir siendo jornada completa).

6. El contrato de empleada del hogar y la Seguridad Social

Aquí no hay dudas y todo empleado del hogar debe de estar dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social. El hecho de no cumplir este requisito conlleva multas para empleador. Ahora, ¿cuánto se paga de Seguridad Social? Esta pregunta es más complicada de contestar, ya que la cantidad cambia cada año y se estima según la base de cotización. Lo que si es importante saber es que las cuotas de la Seguridad Social las pagan entre el empleador y el empleado (siendo siempre la cuota más alta la del primero). Por suerte, existen incentivos que reducen la cuota para el empleador como:

  • El 20% de descuento para altas nuevas en la Seguridad Social.
  • El 25% de reducción para familias numerosas.

Y no hay que olvidar que las cuotas a la Seguridad Social se calculan en referencia a la base de cotización de cada mes.

7. Las vacaciones en el contrato de empleada del hogar

Igual que el resto de empleados, el periodo mínimo de vacaciones para los empleados del hogar es de 30 días naturales al año. La ley contempla la posibilidad de fraccionarlos en 2 o más partes pero una será siempre de al menos 15 días consecutivos. En caso de ser un trabajador interino, no está obligado a disfrutar de sus días libres en el domicilio familiar.

¿Has usado alguna vez el contrato de empleada del hogar?

Ahora que no tenemos nada más que decirte sobre el contrato de empleada del hogar, es lo que queremos saber. ¿Has contratado, o has sido contratada, alguna vez con esta modalidad? ¿Cuál ha sido tu experiencia? ¿Qué consejos le darías a alguien que busca usar este tipo de contrato? Para contestar a esas preguntas, o contarnos lo que quieras, tienes los comentarios debajo de estas líneas. ¡Allí te esperamos! 😉