
Si algo ha traído la mala situación económica general actual es un aumento de los impagados, por tanto de las personas y de las empresas morosas. Y ello tiene una doble vertiente, por una parte la que afecta al deudor y por la otra a la que afecta al acreedor. En este artículo vamos a centrarnos estrictamente desde el punto de vista de la persona, especialmente del profesional autónomo o de la empresa que se ha quedado con deudas y que tiene temor de lo que le pueda suceder o de como le afectará en el futuro, ante ello calma. No se trata de ensalzar a la persona que se ha quedado con deudas ni de verlo como algo positivo, y tampoco se trata de minimizar el impacto o la afectación que esto puede tener para terceros, pero de lo que se trata es de poner las cosas en su sitio y de no criminalizar al que involuntariamente ha incurrido en deudas, la vida sigue. No nos engañemos, en la situación actual de cambio global, donde los bancos son los primeros a quebrar y donde media sociedad a caído en deudas resultar moroso puede ya no resultar tan costoso a nivel de imagen de futuro como era antes, pues obviamente las bolsas o registros de impagados han perdido gran parte de su sentido. Pues cuando una gran masa entra, es imposible discernir entre quien era un buen pagador y ha caído por accidente o bien quien era un moroso casi profesional. Por no decir, que por mucho que nos pensemos la realidad del crédito que existía antes de la crisis jamás regresará, por lo que por suerte para el moroso, los requisitos de un “curriculum” limpio ya no son tan importantes, hoy existen otras realidades y otras vías de financiación. Además, si nuestra empresa o especialmente si somos unos profesionales autónomos que hemos caído en deudas, tengamos presente que por mucho que nos amenacen o ataquen departamentos de recobro, todo lo que nos dicen es en gran parte mentira y no pueden hacer ni una cuarta parte de lo que dicen, ¡solo un juez puede embargar después de un proceso!, y además siempre hablamos de algo que nunca (entendiendo una deuda contraída involuntariamente) es penal ni mucho menos. Reitero, no se trata de defender al moroso, no se trata de defender al negocio que ha incurrido en deudas, pero de lo que se trata es de hacerle ver que el también tiene futuro y que haber caído en el pozo no significa no poder salir de él. Un último consejo al respecto, como ya se ha dicho no nos dejemos atemorizar por los gestores de recobro y parémosles los pies cuando se tiene que hacer (si bien, lógicamente siempre que podamos deberemos intentar y querer pagar), y por otra parte tengamos presente los plazos máximos en los que nos pueden inscribir en los registros de morosos, en que condiciones y demás.