
- La cantidad de horas extra que realizan la mayor parte de los trabajadores es superior a lo permitido.
- Muchas de las horas extra trabajadas no se están pagando.
En España hay muchos empleados haciendo horas extras pero no saben qué implican esas horas de más ni qué derechos tienen. El desconocimiento del derecho laboral por parte de los trabajadores contribuye a que el empresario salga ganando a costa de ellos. Además, todo lo relacionado con las leyes se ve tedioso y aburrido, por lo que se tiende a huir de ello. Si tú no trabajas horas extras, seguro que conoces a alguien que sí lo hace. Por eso en este artículo te vamos a explicar con detalle todo lo relacionado con las horas extras:
- Qué son y qué tipos de horas extra hay.
- Cómo hay que retribuirlas.
- Cuántas se pueden trabajar.
- Cómo cuentan en la cotización del trabajador.
- Las horas extra en los funcionarios.
¿Te interesa conocer en profundidad lo que significan las horas extra y tus derechos por el hecho de trabajarlas? Sigue leyendo y descubrirás una gran cantidad de detalles que te resultarán muy útiles en tu vida laboral diaria.
¿Qué Necesitas?
¿Qué son las horas extra?
Para conocer la definición exacta de horas extra debemos ir al Estatuto de los Trabajadores, en concreto al artículo 35. Según el Estatuto de los Trabajadores, las horas extras son aquellas horas de trabajo que se realizan sobre la duración máxima de la jornada laboral ordinaria. La jornada ordinaria de trabajo viene definida en el artículo 34 de esta misma ley. Dicha jornada viene determinada por los convenios y acuerdos colectivos. El Estatuto de los Trabajadores establece que el máximo número de horas que puede realizarse como jornada laboral ordinaria son 9. Siempre debe haber 12 horas de descanso entre el término de la jornada laboral de un día y el inicio de la del día siguiente. Actualmente la jurisprudencia ha establecido que solo son horas extra las que superan el máximo legal de 40 horas semanales, aunque el convenio colectivo haya establecido una jornada semanal de menor duración. Hay ciertos tipos de empleo en los que se exige al trabajador que esté localizable en un determinado horario pero sin estar presente en el lugar de trabajo. Estas horas de disponibilidad no se consideran horas extras. Solo se considerarán así si se llama al trabajador para que realice alguna tarea propia de su empleo.
Retribución de las horas extra
Las horas extra pueden retribuirse con dinero o a cambio de descanso. El hacerlo de una forma u otra dependerá del convenio colectivo al que se acoja la empresa. En caso de que el convenio no detalle nada, se puede establecer en el contrato individual del trabajador. También puede darse el caso de que no haya ningún tipo de consideración en convenio ni contrato sobre el pago de las horas extras. En estas situaciones, se entiende que las horas extra se compensan con horas de descanso dentro de los 4 meses siguientes a su realización. Si dentro de los 4 meses siguientes a la realización de las horas extra el trabajador no las hubiera podido disfrutar, puede reclamar su abono en dinero. Eso sí, para que un empleado pueda reclamar el pago de las horas extra tiene que poder demostrar por escrito que las ha trabajado. En un apartado más abajo trataremos el tema del cálculo de las horas extra y su registro. Cuando un trabajador demanda a una empresa por no haberle pagado las horas extra y la sentencia resulta favorable, no cabe ningún tipo de represalia por parte de la empresa. En caso de sustituir las horas extra por descanso, también se puede detallar en el convenio colectivo cuánto tiempo de descanso equivale a una hora extra trabajada. Por ejemplo, en algunos convenios del metal provinciales se establece que por cada hora extra trabajada se descansará una hora y media. ¿Qué ocurre cuando hay que pagar con dinero las horas extras? En este caso hay que tener en cuenta que el precio de de las horas extras nunca podrá ser inferior al de la hora ordinaria.
Tipos de horas extras
Existen 2 tipos de horas extras: horas extra estructurales y horas extra por fuerza mayor.
- Las horas extras estructurales son aquellas que se trabajan para atender picos de trabajo, situaciones imprevistas u otras circunstancias de tipo estructural derivadas de la actividad de la empresa.
- Las horas extras por fuerza mayor son las destinadas a prevenir o reparar siniestros, daños extraordinarios y urgentes.
Es importante tener claros estos dos tipos de horas extra para entender los puntos siguientes.
¿Son obligatorias las horas extra?
Según el Estatuto de los Trabajadores, las horas extras no son obligatorias, salvo que en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo se haya establecido lo contrario. Esta afirmación se refiere a horas extraordinarias estructurales. En caso de siniestros y daños extraordinarios y urgentes, la empresa sí nos puede obligar a trabajar horas extras. En este caso se trata de horas extras por fuerza mayor. Si un trabajador se niega a trabajar para prevenir y reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes se le puede sancionar. Se trataría de una sanción disciplinaria por incumplimiento de contrato. Existen algunos colectivos que tienen prohibido realizar horas extra:
- Trabajadores menores de 18 años.
- Trabajadores nocturnos.
- Trabajadores con permiso de maternidad o paternidad, salvo si las horas son por asunto de fuerza mayor.
- Trabajadores discapacitados que trabajen en centros especiales de empleo, salvo si se trata de fuerza mayor.
Toda regla tiene una excepción, por lo que vamos a profundizar más en los supuestos de las horas extras nocturnas.
Particularidades de las horas extra nocturnas
El trabajo nocturno se realiza entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana. La jornada laboral nocturna no puede ser mayor de 8 horas diarias de media en 15 días. Sin embargo, en los siguientes casos los trabajadores nocturnos pueden trabajar más horas o ampliar el periodo de referencia de 15 días:
- Actividades que tienen aprobada la ampliación de jornada: teniendo en cuenta esta excepción, no se podrá superar la media de 8 horas diarias de trabajo en un periodo de 4 meses.
- Caso de fuerza mayor: no se podrá superar una jornada de 8 horas diarias en un periodo de referencia de 4 semanas.
- Irregularidades en el relevo de los turnos de trabajo por causas ajenas a la empresa.
Por tanto, cuando se trabajen más horas se debe reducir la jornada de días posteriores para cumplir con el promedio de las 8 horas diarias.
Horas extra en los trabajadores a tiempo parcial
Antes de la entrada en vigor de la comunmente llamada Reforma Laboral (Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral), los trabajadores con contrato a tiempo parcial sin permiso de maternidad o paternidad tenían prohibido realizar horas extraordinarias estructurales. Actualmente sí pueden realizarlas. El número de horas extras que pueden realizar los trabajadores a tiempo parcial será proporcional a su número de horas de trabajo ordinario. Ahora bien, en el trabajo a tiempo parcial hay otro concepto que hemos de considerar que es el de las horas complementarias. Vamos a ver qué son para no confundirlas con las horas extraordinarias. Las horas complementarias son las pactadas por escrito en el contrato de trabajo a tiempo parcial con el objeto de trabajar más horas que la jornada ordinaria establecida. Si el empresario quiere que un trabajador a tiempo parcial realice más horas que las de su jornada ordinaria de manera puntual, se debe pactar la realización de horas complementarias. Las horas complementarias se pagarán igual que las ordinarias y se tendrán en cuenta para la cotización. Para realizar horas complementarias el contrato debe tener una jornada mínima semanal de 10 horas. El máximo número de horas complementarias permitidas es de un 30% de la jornada laboral ampliable hasta el 60% en función del convenio. El artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores es el que nos habla de las horas complementarias. La suma del número de horas ordinarias y complementarias nunca podrá exceder el número de horas que trabajaría un empleado con jornada completa ordinaria.
Número máximo de horas extras permitido
Ya por llegar a este punto merece la pena leer este artículo. Aquí es donde vas a poder comprobar si el número de horas extra que trabajas está dentro de lo legal o es abusivo. El número de horas extras máximo anual permitido es de 80. Este número se refiere a horas extra estructurales. Las horas extras no pagadas que se hayan compensado con descanso no entran dentro de este recuento. Además, este número máximo puede reducirse mediante convenio colectivo. En cuanto a las horas extras por fuerza mayor, el Estatuto de los Trabajadores no contempla un límite de horas extras máximas anuales, ni se tienen en cuenta en el cómputo de horas extra semanales y anuales. El Gobierno tiene autoridad para eliminar o reducir el número máximo de horas extras por un tiempo limitado. Podrá hacerlo de manera general o bien para ciertas actividades o ámbitos territoriales. El objetivo de esta intervención gubernamental será aumentar las oportunidades de acceder a un empleo de los trabajadores en paro forzoso.
Cálculo y cotización de las horas extraordinarias
A efectos del cálculo de las horas extra, la jornada del trabajador debe registrarse cada día y se sumará la cantidad de horas en el periodo fijado para el pago de las retribuciones. El trabajador tendrá también su copia del cómputo de horas extra realizadas. Si las empresas no tienen registro de las horas trabajadas pueden caer en una sanción. Los representantes sindicales de los trabajadores y los miembros de los comités de empresa tienen derecho a recibir información sobre el cálculo de horas extras que realizan los empleados, entregándoles copia de los resúmenes que reciben los trabajadores. Las horas extras también cotizan. Asimismo, las horas extra estructurales no cotizan igual que las de fuerza mayor.
- La horas extraordinarias estructurales cotizan aplicando el tipo del 28,30%, del que el 23,60% será a cargo de la empresa y el 4,70% a cargo del trabajador.
- La horas extraordinarias por fuerza mayor cotizan aplicando el tipo del 14%, del que el 12% será a cargo de la empresa y el 2% a cargo del trabajador.
Dicha cotización de las horas extras es adicional, es decir, no computable para determinar la base reguladora de las prestaciones. Las horas extraordinarias para trabajadores a tiempo completo no cotizan igual que las de los trabajadorea a tiempo parcial. Vamos a ver estas diferencias.
1. Cotización de las horas extra para trabajadores a tiempo completo
Las horas extra de los trabajadores a tiempo completo cotizan a la Seguridad Social. No se computan en la base de cotización por contingencias comunes, solo en la base de cotización por contingencias profesionales. Las contingencias profesionales son los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Si el trabajador sufriera cualquier percance y cayera en una incapacidad temporal, las horas extra solo afectan a la cuantía de la prestación correspondiente si la incapacidad viene de contigencias profesionales.
2. Cotización de las horas extra para trabajadores a tiempo parcial
Hemos visto que una de las novedades que introdujo la Reforma Laboral de 2012 fue la posibilidad de realización de horas extras en los trabajadores a tiempo parcial. Pero la cotización de las horas extra de estos trabajadores no funciona como la de los trabajadores a tiempo completo. En este caso, las horas extras computan en la base de contigencias comunes y en la base de contingencias profesionales. La empresa y el trabajador tienen que cotizar igual por los tipos indicados. Asimismo, la cotización por contingencias comunes de las horas extra de los empleados a tiempo parcial se computará para las bases reguladoras de las pensiones por incapacidad, muerte, jubilación, maternidad o paternidad. Esto significa en la práctica que no se tendrán en cuenta en el cálculo de la prestación por desempleo. El tratamiento de las horas extras es de tal importancia que todo trabajador tiene que conocerlo, de ahí que nos hayamos extendido tanto en la explicación. De todas formas, en este vídeo tienes una síntesis clara de los puntos más importantes.
Las horas extras en los funcionarios
Aunque en Gestion.org se tratan temas relacionados con las empresas, hemos creído conveniente hablar de las horas extras en el caso de los funcionarios porque suscitan bastante curiosidad. ¿Realizan horas extra los funcionarios? Lo primero a tener en cuenta es que las leyes que regulan el trabajo de los funcionarios son distintas de las que regulan el trabajo en una empresa. Para la función pública ya no vale el Estatuto de los Trabajadores, sino el Estatuto Básico del Empleado Público. Según la legislación vigente, no existe un pago de las horas extras para los funcionarios, ya que no se prevé esta situación. En caso de que las haya, tienen que estar estimadas previamente según las características del puesto y la persona. El sueldo de los funcionarios tiene dos tipos de retribuciones:
- Básicas: sueldo y trienios.
- Complementarias: complemento de destino, complemento específico, complemento de productividad y gratificaciones por servicios extraordinarios.
Lo usual es que si el funcionario hace horas extra o asume más responsabilidad, se prevea esto en su sueldo con alguno de los complementos anteriores, pero tiene que estar estimado previamente. No se pagan estrictamente las horas extras. El concepto más similar al pago de las horas extra son las gratificaciones por servicios extraordinarios, que están incluidas en las retribuciones complementarias. Esto es lo que ocurre de manera general. Pero existe especial discrecionalidad para el caso de las administraciones locales. Esto viene recogido en el Real Decreto 861/1986, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de administración Local. Según esta ley, el pleno del ayuntamiento puede fijar el crédito de las retribuciones por horas trabajadas adicionales a la jornada laboral ordinaria. Dicho crédito se fijará una vez al año. Aquí hay que entender que la cantidad que se establece no es un precio por hora, sino una cantidad total que se repartirá entre todos los trabajadores que hagan horas extra. La determinación de la cantidad concreta de esa gratificación corresponde al alcalde y vendrá condicionada por el crédito que se haya fijado. Obviamente, todos los funcionarios de una misma administración local que trabajen horas de más recibirán la misma cantidad de dinero por hora extra trabajada.
¿Qué sabes tú sobre las horas extras?
Quizá te parezca que la legislación sobre horas extra es compleja, pero todo es cuestión de familiarizarse. Te aconsejamos leer este artículo un par de veces. A la segunda seguro que tienes las ideas mucho más claras. Al menos sabrás lo básico para distinguir lo legal de lo abusivo. ¿Conocías la legislación sobre horas extra? ¿Crees que nos hemos dejado algo importante por mencionar? Aquí debajo tienes la zona de comentarios para compartir con nosotros tus conocimientos y experiencias. Ya sabes que nos gusta aprender de ti.