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Integración laboral en las empresas: número mínimo de discapacitados que se deben contratar

Las empresas, tanto públicas como privadas, que cuenten con al menos 50 trabajadores tienen que estar obligadas a la contratación de personas con discapacidad, concretamente en este caso sería el 2 por 100 de los trabajadores contratados deben ser discapacitados. Es una medida que favorece la integración de estas personas y que no supone ningún inconveniente para la empresa, ya que además de las muchas ventajas que existen por la contratación de este colectivo las personas con discapacidad pueden realizar muchas funciones. El cómputo indicado se realiza sobre la plantilla total de la empresa, cualquiera que sea el número de centros con el que cuente y la forma de contratación laboral de los trabajadores en la empresa. Las empresas públicas y privadas pueden estar exentas de esta obligación de forma excepcional, de forma parcial o total, por medio de acuerdos realizados en la negociación colectiva sectorial de ámbito estatal y otro ámbito, incluso por decisión del empresario, siempre que se comunique a la autoridad laboral y se apliquen medidas alternativas que se determinen de forma reglamentaria. Las medidas alternativas que se pueden realizar son:

  • Celebrar un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para prestar servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa, la subcontratación de estos servicios
  • Celebrar un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo o con trabajador autónomo con discapacidad para suministrar maquinaria, materias primas, bienes de equipo o bienes accesorios para la empresa
  • Constituir un enclave laboral de acuerdo al real decreto que regula éstos como medida de fomento de empleo a personas con discapacidad
  • Realizar donaciones y acciones de patrimonio para la realización de actividades de inserción laboral y creación de empleo a personas con discapacidad, a fundaciones o asociaciones de utilidad pública para integrar a estas personas en el mercado laboral

Existen ayudas a la contratación de personas con discapacidad a las que puede acceder cualquier empresa, así que hay que informarse sobre estas ayudas, no sólo cuando esta es una obligación, sino también cuando se ha encontrado un candidato apto que además es discapacitado. No hay que dejar las buenas acciones ni las ventajas para la empresa para cuando es obligatorio. Algunas de estas ayudas son la subvención de más de 3000 euros por contrato celebrado a tiempo completo, subvenciones de más de 900 euros para la adaptación de puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal, deducciones en el impuesto de sociedades y más. Hay que concienciarse de que las personas discapacitadas en muchos puestos son tan aptas como cualquier otra persona, por tanto no deben ser tan bajos los niveles de contratación como los que existen en la actualidad, tan bajos que se está haciendo un esfuerzo para lograr la integración de estas personas por parte de las empresas. Pero no basta con tomar una serie de medidas, sino que hay que formar para conseguir concienciar más allá de prejuicios.