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Percepciones salariales y percepciones no salariales

percepciones no salariales
A la hora de hacer el pago a los trabajadores, existen dos elementos muy importantes a tener en cuenta, las percepciones no salariales y las percepciones salariales. ¿Sabes cuáles son y cómo diferenciarlas? Quizá no lo tengas tan claro como piensas.

Índice

¿Qué Necesitas?

Que son las percepciones salariales

Las  percepciones salariales son el salario, las percepciones económicas de los trabajadores, pudiendo ser en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales que realizan por cuenta ajena y retribuyan el trabajo efectivo o los períodos computables como período de trabajo.

¿Cuáles son los períodos computables como trabajo?

Las vacaciones, el descanso semanal, los días festivos, el descanso de más de 15 minutos en jornadas de más de 6 horas (o lo que se indique en el convenio colectivo o acuerdo), las ausencias justificadas de trabajo que se hayan de retribuir y los salarios de tramitación en despidos improcedentes o nulos.

¿Cuáles son las percepciones salariales más frecuentes?

  • El salario base, es la principal
  • Los complementos por antigüedad
  • Los complementos por conocimientos especiales como títulos, idiomas, etc
  • Los complementos por turnicidad, por hacer turnos
  • Los complementos por nocturnidad, de 10 de la noche a 6 de la mañana, a no ser que se considere otro
  • Por penosidad, peligrosidad o toxicidad
  • Las pagas extras
  • La participación en beneficios
  • Las comisiones, una parte pactada anteriormente de aquello que se ha obtenido
  • Incentivos a la producción, por rendir más de cierta cantidad, más de lo habitual
  • Asistencia y puntualidad
  • Horas extraordinarias
  • Otras gratificaciones
  • De residencia, por trabajar en un lugar determinado geográficamente teniendo su residencia en otro
  • Salario en especie (parte de la producción, coche de empresa, vivienda a cargo de empresa, préstamos con interés bajo, planes de pensiones, seguros, etc)

Los complementos salariales que más se suelen pactar en negociación colectiva son las pagas extraordinarias, la antigüedad, la participación en beneficios, los complementos del puesto de trabajo, el alojamiento, la manutención, las primas a la producción por cantidad o calidad de trabajo y la residencia en provincias insulares y Ceuta y Melilla.

Que son las percepciones no salariales

Las percepciones no salariales son las retribuciones que recibe el trabajador a causa de su relación de trabajo pero no retribuye el trabajo efectivo ni los períodos de descanso se computan como trabajo en efectivo. Los gastos se fijan en convenio o en la negociación de la empresa con el trabajador. Con esta definición se pueden ver claramente las diferencias con las percepciones salariales.

Las percepciones no salariales más importantes

  • Las dietas de viaje, tanto si se pernocta como si no se pernocta
  • Plus de distancia
  • Plus de transporte
  • Gastos de locomoción
  • Desgaste de herramientas de trabajo
  • Prendas de trabajo, bien en especie o en dinero
  • Entrega de productos a un precio inferior, como la posibilidad de comer en comedores de empresa a un precio mucho más económico, etc
  • Quebranto de moneda
  • Indemnización por traslado
  • Indemnización por fallecimiento
  • Indemnización por modificación sustancial de las condiciones de trabajo en horario, jornada de trabajo, trabajo a turnos, sistema de remuneración, movilidad funcional, sistema de trabajo y rendimiento, siempre que se haya visto perjudicado el trabajador
  • Percepciones por matrimonio, voluntario para la empresa
  • Prestaciones por incapacidad temporal
  • Prestaciones de compensación por desempleo parcial
  • Mejoras voluntarias de la acción protectora de la seguridad social
  • Indemnización por despido

Hay que tener  en cuenta además un aspecto muy importante, y es que las percepciones no salariales no cotizan a la Seguridad Social siempre que su importe no sea mayor a la cantidad exenta de cotización existente. En caso de superar las citadas cantidades, sí se incluyen en las bases de cotización.

Derechos del trabajador con respecto a su salario

El trabajador tiene en todo caso derecho a la percepción del salario en la fecha y lugar establecidos, a que el abono de las retribuciones periódicas y regulares no se efectúe por períodos superiores al mes y a entrega de un recibo de salarios, entre otros derechos como pueden ser dos pagas extraordinarias. Si hay retraso en el pago tiene derecho a un 10% de interés anual sobre el importe del salario.