Saltar al contenido

Descubre en qué consiste la Sociedad Anónima Laboral: características, estatutos, ventajas e inconvenientes

sociedad anonima laboral wikipedia
No todas las empresas son iguales. Normalmente estás acostumbrado a ver compañías con su nombre seguidas de las iniciales S.A. (Sociedad Anónima) o S.L. (Sociedad Limitada). Sin conocer la legislación referida a las empresas sabes que las sociedades anónimas suelen ser empresas grandes. Pero no todas ellas son iguales, por ello en este post te presentamos uno de sus tipos: la Sociedad Anónima Laboral. Si necesitas conocer al detalle las sociedades anónimas laborales, este es tu post. Te mostraremos la definición de Sociedad Anónima Laboral, sus características, estatutos, ventajas e inconvenientes. Ponte cómodo y prepárate porque vas a aprender mucho.

Índice

¿Qué Necesitas?

¿Qué es una Sociedad Anónima Laboral?

Como de costumbre comenzamos con una definición:

Una Sociedad Anónima Laboral es aquella Sociedad Anónima en la que la mayoría del capital social es propiedad de trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa y cuya relación laboral lo sea por tiempo indefinido.

La ley que regula las sociedades laborales es la 4/1997, de 24 de marzo. En su artículo 1.1 podemos ver la defición de Sociedad Anónima Laboral. ejemplo de sociedad anonima laboral

Características de la Sociedad Anónima Laboral

Vamos a explicar las características de las sociedades anónimas laborales teniendo en cuenta los socios, capital social, horas trabajadas, transmisión de acciones y el Fondo especial de Reserva.

1. Socios

Existen dos tipos de socios: de clase laboral (o socios trabajadores) y de clase general. Los socios de clase laboral son los que trabajan en la empresa por tiempo indefinido. Los de clase general no trabajan en la sociedad y si lo hacen no es por tiempo indefinido. La sociedad necesitará al menos 3 socios para constituirse: 2 de clase laboral y 1 de clase general.

2. Capital social

El capital social para poder constituir una Sociedad Anónima Laboral está algo por encima de los 60.000 euros y está dividido en acciones nominativas. En el momento de constituir la sociedad tiene que estar desembolsado en un 25%. Después hay 5 años para aportar la cantidad restante, a no ser que en los estatutos se estime otra cosa. Los socios de clase laboral tienen que aportar al menos el 51% del capital, pero cada socio no puede aportar más de un tercio del capital total. La excepción a esto son las entidades públicas, pero aun en ese caso ningún socio puede aportar más del 50% del capital total. Las deudas se hacen frente con el capital aportado y los bienes a nombre de la empresa.

3. Horas trabajadas

El número de horas trabajadas por los trabajadores contratados por tiempo indefinido que no sean socios no podrá ser superior al 15% del total de horas trabajadas por los socios trabajadores. Este número de horas se calcula al año. La excepción a la regla anterior viene cuando la sociedad tiene menos de 25 socios trabajadores. En ese caso el porcenaje de 15% será 25%.

4. Transmisión de acciones

Tendremos dos tipos de acciones:

  • Las de clase laboral, que serán propiedad de los socios trabajadores.
  • Las de clase general, que serán propiedad de los socios capitalistas.

El titular de acciones de clase laboral que quiera transmitirlas a personas que no trabajen en la sociedad, tendrá que informarlo al órgano de administración para que este lo comunique a las personas que tengan derecho de adquisición preferente. El orden de adquisición permenente será: 1. Trabajadores no socios con contrato indefinido. 2. Socios trabajadores. 3. Titulares de acciones o participaciones de clase general. 4. Trabajadores eventuales. 5. La propia sociedad. En el caso de que un titular de acciones de clase general quiera transmitirlas a personas no socias, el procedimiento será como en el caso anterior, salvo que los primeros en recibir la notificación serán los socios trabajadores.

5. Fondo especial de reserva

Todas las sociedades laborales están obligadas a constituir un fondo especial de reserva en el que habrá que depositar el 10% del beneficio líquido de cada ejercicio. La empresa podrá tener además otras reservas legales o estatutarias.

Estatutos de la Sociedad Anónima Laboral

Los estatutos que se presentarán ante notario para el acta de constitución de la Sociedad Anónima Laboral incluirán los siguientes puntos:

  • Denominación: el nombre de la empresa irá seguido por las siglas S.A.L.
  • Objeto social: es la actividad a la que se dedica la empresa.
  • Domicilio: figurará la dirección completa.
  • Duración: normalmente la sociedad tendrá una duración indefinida.
  • Capital social: se detalla la cantidad, el número de acciones, el valor nominal de cada una de ellas. Las acciones son indivisibles, van numeradas y se detalla para cada una si son para socios trabajadores o para socios no trabajadores.
  • Derechos y obligaciones inherentes a cada acción: los propietarios de las acciones son socios y tienen derecho a obtener ganancias sociales, patrimonio resultante de la liquidación de la sociedad, adquisición preferente en caso de transmisión, suscripción preferente si se emiten nuevas acciones, participación en las juntas generales y derecho a voto.
  • Derecho de herederos o acreedores: estos deben atenerse a las resoluciones y acuerdos tomados por la junta de accionistas.
  • Transmisión de acciones: esta se ajustará a una serie de reglas que serán diferentes en función de si la transmisión es entre personas vivas o a causa de la muerte de un accionista.
  • Órganos de la sociedad: este será el Consejo de Administración.
  • Ejercicio social: se detallará la fecha de inicio y final del mismo, que suele ser el año natural.
  • Acciones a realizar al finalizar cada ejercicio: informes y cuentas.
  • Aplicación del resultado del ejercicio: aquí participarán todos los socios en función del capital desembolsado.
  • Disolución y liquidación: se disolverá por las mismas causas y con los mismos efectos de la Ley de Sociedades Laborales y otras normas aplicables.
  • Otras situaciones que deben estar reguladas.

Después de conocer este tipo de sociedad, pasamos a analizar sus ventajas e inconvenientes.

Ventajas e inconvenientes de la Sociedad Anónima Laboral

La Sociedad Anónima Laboral tiene ciertas ventajas e inconvenientes en comparación con otras formas jurídicas. Comenzamos por las ventajas.

1. Ventajas de la Sociedad Anónima Laboral

Las ventajas más importantes de la SAL  son las siguientes:

  • La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.
  • No hay limitación de aportación mínima o máxima por socio.
  • Se permite la entrada de personas externas a la sociedad.
  • Se puede nombrar un administrador con carácter indefinido.
  • La fiscalidad comienza a ser atractiva a partir de un determinado volumen de facturación.
  • Su régimen jurídico es más flexible que el de la Sociedad Anónima.

Presentamos a continuación los inconvenientes.

2. Inconvenientes de la Sociedad Anónima Laboral

Si quieres montar una SAL tienes que tener en cuenta sus desventajas que detallamos ahora mismo:

  • No hay posibilidad de cotizar en bolsa.
  • La transmisión de acciones tiene ciertas restricciones.
  • La toma de decisiones importantes puede ser laboriosa porque se requieren reuniones de junta.
  • Los socios son identificables, siendo imposible el anonimato para ellos.
  • Lleva más gastos de gestoría que otras formas jurídicas como la Sociedad Civil o la Comunidad de Bienes.

Ahora solo te queda sopesar los pros, los contras y asesorarte para decidir qué tipo de sociedad va a ser más favorable para tu modelo de negocio.

¿Te gustaría aportar algo más acerca de la Sociedad Anónima Laboral?

Hemos definido la Sociedad Anónima Laboral y nos hemos metido en sus características, estatutos, ventajas e inconvenientes.  ¿Tienes experiencia como socio de una SAL y te gustaría añadir algo más? Si es así, no te cortes y escríbemos un comentario. Cuanto más aprendamos todos, mejor.