
Una vez que se ha tomado la decisión de ser autónomo hay que tener en cuenta todos los pasos que se deben hacer, tanto si se va a necesitar un local o se va a trabajar desde la propia casa. Los trámites para ser autónomo son varios y todos de ellos necesarios, por lo que hay que empezar bien, y aunque muchos autónomos ya recurren a asesores es necesario saber qué pasos dar para ser autónomo. Si se va a recibir a los clientes en un local, se va a necesitar una licencia de apertura o licencia de actividades e instalaciones, además de cambio de titularidad en caso de que sea necesario. Si se trabaja en casa o en otro sitio y no se van a recibir clientes no es necesario hacer este trámite. Para realizarlo hay que ir hasta el ayuntamiento en caso de que sea una de las actividades que requieren esta licencia. También se debe solicitar el libro de visitas en las oficinas de Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social para tener en el local. Después se debe realizar el alta en el impuesto de actividades económicas (IAE). Aunque lleve el nombre de impuesto no hay que pagar por darse de alta en él, y es necesario siempre que se vaya a realizar alguna actividad económica aunque no se vaya a ser autónomo. Es un impuesto que se aplica a la actividad profesional y se clasifica en actividades profesionales y empresariales bajo el epígrafe de actividad. Esta alta se debe hacer en la Agencia Tributaria. En la misma Agencia Tributaria se debe hacer el alta censal y opción de régimen fiscal mediante el impreso 036, trámites donde se debe informar de la actividad empresarial o profesional y el régimen fiscal al que se acoge. Se debe presentar los modelos 036 (el más habitual) o 037 y va a ser la que tenga que ver con el IVA. Una vez realizados estos trámites se debe inscribir en la Seguridad Social bajo el Régimen Especial de Autónomos, esto se hace en la Seguridad Social aportando el impreso 036 que se ha cubierto en la Agencia Tributaria, el DNI y el modelo TA521/1 que se puede cubrir en la misma oficina de la Seguridad Social. Los autónomos que van a contratar a otras personas deben darse de alta en la patronal, así como tener un código de cuenta de cotización para poder realizar estas contrataciones, se puede realizar en la misma Tesorería General de la Seguridad Social. Una vez que se han realizado estos trámites ya se es autónomo, y si se han aprobado todos los trámites ya se puede realizar la actividad y empezar a facturar por sus ventas o servicios. Los trámites no se acaban en ello, ya que los autónomos deben abonar trimestralmente el IVA y el IRPF. El irpf se calcula mediante la diferencia entre gastos e ingresos, calculando un 20% por estimación directa o un módulo en estimación objetiva. El iva es el tributo de naturaleza indirecta que grava las ventas de bienes o prestaciones de servicios por parte de los autónomos, y puede ser iva o iva simplificado (por módulos). Existen varios valores de iva, pero el más habitual es del 18%. A final de año se calculará en la declaración de la renta el irpf según la facturación del autónomo, ya que su valor puede ser de entre el 20% anteriormente indicado y el 43%. Es necesario saber que las personas que pueden acceder a una ayuda deben consultar y saber dónde obtener estas ayudas, ya sea en una oficina de asesoramiento para autónomos o en el propio ayuntamiento. Los jóvenes, discapacitados y otras personas según la Comunidad Autónoma pueden acceder a varios tipos de ayudas de las que aprovecharse al iniciar el trabajo como autónomos. Como podemos ver, ser autónomo es una actividad en que hay muchas cosas que pagar ya que por lo menos se debe pagar la cuota de autónomos de entre 180 y 250 euros o más, además de el iva trimestral y el irpf desde el 20% hasta el 43% de las ganancias de la actividad. Por eso, debe ser algo que debe ser meditado y una decisión muy difícil para muchas personas que se pueden encontrar en situaciones «alegales». Por ejemplo, a una persona que cobra 300 euros no le merece la pena ser autónomo ya que pagarán más de lo que ganan, una persona que gane menos del salario mínimo interprofesional (SMI) tampoco le compensa, a una persona que gana el SMI tampoco le compensa hacerlo sin embargo se está exponiendo más a una revisión y una multa. Lo mejor es que en este último caso y por encima de él se hable con un profesional para ver qué se puede hacer y así evitarse problemas.En este articulo de la web www.gestoriabarcelona.com se puede ampliar información sobre el tema de si hace falta darse de alta como autónomo: ¿ ES OBLIGATORIO DARSE DE ALTA COMO AUTONOMO ? Ser freelance, como podemos ver, no es tan sencillo como querer realizar una actividad y hacerla, sino que conlleva muchas más cuestiones y responsabilidades, por eso mismo es necesario que se medite antes de dar el paso pero que no se deje de lado en caso de que se facture lo suficiente para pagar todos los trámites y aún así ganar dinero suficiente para poder vivir de ello. ¿Se deben declarar las actividades? Siempre ¿Se realiza? No siempre, ya que en muchas ocasiones no compensa realizarlo, y esto es algo a lo que se busca solución por parte de las administraciones o no va a cambiar.